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Historia de la débil institucionalidad ambiental chilena

La Historia de la institucionalidad ambiental chilena tuvo origen en el Ministerio de Bienes Nacionales. La Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Medioambiente funcionó a través de Bienes Nacionales desde diciembre de 1990 hasta marzo de 1994. Durante los cuatro años la máxima autoridad fue Rafael Asenjo, quien en 2018 se retiró de la institucionalidad ambiental y renunció a su cargo como presidente del Tribunal Ambiental acusando serias irregularidades.

Conama

Desde 1994 al 2010 existió la Coordinadora Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), que, en parte, un informe OCDE vino a cambiar en 2005 entregando 52 sugerencias. El informe titulado “Evaluación de Desempeño Ambiental” recomendó fortalecer los marcos normativos, evaluar la posibilidad de introducir instrumentos económicos nuevos y fortalecer las instituciones ambientales desde lo regional a lo nacional.

Uno de los principales problemas diagnosticados por el propio Gobierno a la institución de la CONAMA fue la falta de una figura con peso político; o así lo señalaron en el documento “Nueva Institucionalidad Ambiental Chilena”. “¡Falta de una autoridad ambiental con peso político!” concluyen en las críticas a la antigua institucionalidad. Los otros problemas tenían que ver con la carencia de políticas, normas, instrumentos de mercado y la falta de apoyo a la gestión ambiental del municipio. Sin embargo lo que logra correr el cerco de la institucionalidad ambiental es, una vez más, la protesta. Los movimientos contra casos emblemáticos como Pascua Lama o Celco – Valdivia fueron el puntapié para el informe y la atención hacia la falencia en materia ambiental.

Tras la llamada de atención de la OCDE, la CONAMA pasó por un proceso progresivo de cambio. En 2006, en la administración de Michele Bachelet, a través del artículo transitorio número 2 de la Ley 20.173 se creó el cargo de “Ministro Presidente de la Conama”. Al nuevo cargo le correspondería “formular y presentar al Consejo Directivo de la CONAMA una propuesta de rediseño de la institucionalidad ambiental”. En 2007 finalmente fue creado el cargo junto a las COREMAS (Comisiones Regionales de Medio Ambiente). Hasta 2010 existieron dos ministras presidentas, que tenían rango de Ministra de Estado.  Se trató de la abogada del Partido Socialista, Ana Lya Uriarte Rodríguez y la fallecida ingeniera civil, militante UDI, María Ignacia Benítez, quien terminaría siendo la primera ministra de Medio Ambiente.María Ignacia Benítez

Ana Lya UriarteDurante ese mismo año se elaboró el proyecto que fue ingresado al Congreso en 2008. Sólo dos años después, en enero de 2010 se aprobaría el proyecto de Ley 20.417, y bajo una serie de condiciones tras la discusión parlamentaria. Una de ellas era mantener al Consejo de Ministros, que hoy alberga al ministro de Agricultura, de Hacienda, de Salud, de Economía, de Energía, de Obras Públicas, Vivienda, de Transportes y Minería. A través de este proyecto se modificaría la Ley 19.300 con una reforma institucional y modificaciones creando el Servicio de Evaluación Ambiental, la Superintendencia del Medio Ambiente y modificando, en menor medida otras normas como el Código de Aguas y a la Ley de Pesca. Finalmente la institución ministerial comenzó a funcionar en octubre del mismo año.

El Ministerio de Medio Ambiente tendrá facultades en materia de política y normativa ambiental, y de conservación de la Biodiversidad y de los recursos naturales renovables. En tanto la Superintendencia de Medio Ambiente tendrá competencias directas en materia de fiscalización de instrumentos de gestión.

Críticas a la institucionalidad ambiental chilena

En el XIV Congreso de la Confederación de Estudiantes de las Ciencias Ambientales de la Educación Superior (CECADES) la Fundación Terram expuso sus críticas a la nueva institucionalidad ambiental. “El Ministerio de Medio Ambiente no tiene facultad para proponer directamente leyes al Presidente de la República. Las políticas, regulaciones y proyectos de Ley deben ser propuestas y aprobadas por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad”, señaló su directora ejecutiva durante 2001, Flavia Liberona, a través del documento titulado “Análisis, Desafíos y Críticas a la Nueva Institucionalidad Ambiental“. Por otro lado la subordinación del Ministerio de Medio Ambiente hacia al Consejo de Ministros en favor de la “producción” es señal de alarma.

También desde la Fundación acusan que la aprobación o rechazo de los proyectos depende de funcionarios públicos del gobierno de turno.  Esto se explica porque “las COREMAS fueron reemplazadas por las Comisiones de Evaluación Ambiental (CEA) que están conformados por Seremis y presididas por el Intendente Regional. Se eliminaron los CORES. Ahora todos sus integrantes son funcionarios de Gobierno”.

Finalmente la organización afirma que el proceso de reforma no permitió una adecuada discusión y está lejos de abordar el trasfondo y lo principal. “La reforma no abordó los temas de fondo que provocaron la crisis de la institucionalidad, tales como resolución de conflictos, apoyo a las comunidades y organizaciones locales en el proceso de evaluación ambiental de proyectos, negociaciones incompatibles, mecanismos de participación ciudadana vinculante regularización de proyectos no evaluados ambientalmente”, aseguran.

Para el abogado ambientalista en conversación con Radio Universidad de Chile, Luis Mariano Rendón el problema es cíclico. “Al igual que ocurrió en los gobiernos anteriores, esto que se llama institucionalidad ambiental en el fondo no es más que un cierto maquillaje que se le da a decisiones políticas adoptadas en forma centralista, pasando por encima de la opinión y los intereses de las comunidades más directamente afectadas y por eso no es de extrañar que tengamos tantos conflictos ambientales en este país”.

Institucionalidad ambiental chilena en documentos

El Servicio de Evaluación Ambiental tiene por objetivo ser un instrumento de gestión que busca prevenir el deterioro ambiental del país. El primer documento a ingresar por un proyecto es la Declaración de Impacto Ambiental. En él se describe la actividad o proyecto que se pretende realizar. Actualmente este organismo se mantiene en conflicto por su funcionalidad dentro de la pandemia. Por un lado, y como se reporteó desde Tomate Rojo, desde la dirección se quiere seguir recibiendo y aprobando proyectos, mientras los trabajadores del SEA aún no tienen claridad de cómo fiscalizar realmente las DIA y EIA.

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) es el documento encargado de describir el proyecto o actividad que se presenta. De ser necesario y en base a la DIA es que se solicita al proyecto un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). La DIA se entrega vía internet o en las oficinas del territorio que se piensa intervenir. De tratarse de un proyecto que quire presentarse en distintas regiones, se debe acudir a presentar en la Dirección Ejecutiva del SEA. Su tiempo de aprobación es de 60 días hábiles, ampliables una sola vez por 30 días hábiles adicionales.

Culminado el proceso de análisis se procede a emitir la decisión, contenida en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Esta tendría dos cauces: favorable o desfavorable. La RCA favorable certifica que el proyecto cumplió con el proceso de evaluación y es completamente concluyente. Tras su aprobación ningún organismo del Estado podría denegar las autorizaciones ambientales entregadas.

De ser rechazada la débil institucionalidad ambiental permite que se pueda volver a ingresar.

Tras este paso y de ser aprobada la RCA, el proyecto pasa a ser supervisado por la Superintendencia de Medio Ambiente. El organismo también se encarga de los planes de prevención y/o descontaminación ambiental y los Planes de manejo. Es esta institución la que tiene la potestad de suspender las RCA a modo de sanción.

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Fresia Ramírez

Periodista UChile, directora y co fundadora de TomateRojo.cl. Escribo sin temor.

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