La propuesta de norma constitucional, que junto con reconocer y consagrar, por primera vez en la historia constitucional chilena, una serie de derechos culturales. Amparados bajo el derecho de participar libremente en la vida cultural; incorpora el principio de interculturalidad, la Comisión sobre Sistemas de Conocimientos presentó propuestas. Estas busca irradiar el texto constitucional en su conjunto, para posteriormente hacer de dicho enfoque una realidad a nivel de políticas de Estado y de la convivencia social del nuevo Chile.
La iniciativa ha sido promovida por el constituyente, Ignacio Achurra, y fue apoyada por Malucha Pinto, Carolina Videla, Bernardo de la Maza, Cristina Dorador, Francisco Camaño, Loreto Vidal, Carlos Calvo, Paulina Valenzuela, Jaime Bassa, Constanza Schonhaut, Yarela Gomez, entre otros. Las normas fueron trabajadas en conjunto con organizaciones sociales y expertos en políticas culturales, en conjunto a la Comisión sobre Sistemas de Conocimientos. “Diversas organizaciones de la sociedad civil, específicamente del mundo de las artes y las culturas, han levantado demandas históricas en orden a que el Estado desarrolle políticas públicas universales asumiendo su rol de garante de los derechos culturales, democratizando las culturas y sistemas de conocimientos, removiendo así las distintas brechas de acceso, goce y participación que impiden a las personas ejercer estos derechos, y finalmente, ser parte activa de la vida en comunidad”, sostuvo Ignacio Achurra, convencional constituyente y coordinador de la Comisión sobre Sistemas de Conocimiento.
Sobre la importancia de presentar las normas desde la Región del extremo norte del país, la constituyente del distrito 1, Carolina Videla, comentó, “ingresar esta norma constituyente desde nuestra región pluricultural, representa un hito más para Arica y Parinacota. Alcanzar el derecho a las culturas, a las herencias culturales, a la educación artística, son también anhelos de este territorio sembrado de artistas, cultores y con un inconmensurable acervo cultural”.
Normas para la Comisión sobre Sistemas de Conocimientos
Una de las normas constitucionales propuestas es el “Principio de Interculturalidad”, que propone que “la Constitución reconoce la igual dignidad de las diversas culturas, y garantiza su respeto y promoción; junto con la protección y salvaguardia de todas las formas de expresiones culturales, prácticas, artes, tradiciones culturales, saberes, lenguas nacionales o regionales y dialectos de las distintas comunidades, pueblos y naciones que conviven en el país. Ello con pleno respeto a los derechos humanos y de la naturaleza”.
El grupo transversal de constituyentes de la Comisión sobre Sistemas de Conocimientos también proponen que “la Constitución asegura el derecho de todas las personas a participar libremente en la vida cultural de las comunidades, pueblos y naciones”. En donde toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a:
- La autoidentificación cultural, la cual comprende el derecho a elegir y construir la propia identidad cultural, a decidir si identificarse o no con una o varias comunidades y a expresarse en la o las lenguas propias.
- La libertad de expresión, creación, investigación, desarrollo y difusión de las manifestaciones culturales, artísticas y los conocimientos, así como a participar de sus beneficios. Se prohíbe toda forma de censura previa.
- Participar de la vida en comunidad y hacer uso de los espacios públicos y bienes comunes. Ello para desarrollar y difundir expresiones culturales y artísticas, sin más limitaciones que las que establezca la ley, con sujeción a lo dispuesto en esta Constitución.
- Conocer, comprender y educarse en la cultura propia, las diversas culturas, los conocimientos, saberes y las memorias colectivas, para permitir el libre y pleno desarrollo de la identidad cultural propia. Ello implica particularmente el derecho a recibir formación en derechos humanos como valores esenciales de la sociedad. El Estado promoverá el desarrollo y difusión de las culturas, las artes y los conocimientos, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y contribuciones, con pleno respeto a la libertad creativa, la libertad de investigación y las autonomías que consagra esta Constitución.
- Acceder, gozar y participar de los bienes materiales e inmateriales, servicios, infraestructura, información, e institucionalidad relativa a las culturas, artes y conocimientos.
- El Estado garantizará los recursos para hacer efectiva la descentralización y autonomía de las decisiones de las regiones, localidades y pueblos en esta materia, reconociendo su identidad y diversidad territorial.
- Participar de manera libre e informada en la definición, formulación, ejecución y evaluación de políticas y decisiones que afecten los modos de vida o el ejercicio de cualquier derecho cultural .Los derechos culturales deberán ejercerse bajo el pleno respeto a la diversidad cultural y a los demás derechos consagrados en la Constitución.
- El Estado velará por remover los obstáculos particulares que impidan o dificulten el ejercicio de los derechos culturales, tales como las brechas de acceso, goce, participación y la discriminación contra grupos de la población históricamente excluidos.
- El Estado velará por el respeto de las culturas migrantes y no nacionales, junto a la cooperación cultural internacional e integración regional, fortaleciendo sus relaciones solidarias con otros Estados y pueblos.
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