El 25 de agosto, el Senado aprobó en general el proyecto de Ley Marco de Cambio Climático, que pretende la mitigación y adaptación nacional a este fenómeno. Junto a su aprobación, las y los senadores agregaron 843 indicaciones, cuya discusión se está dando en la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara Alta.
Pero ¿Cómo va la discusión del proyecto? Durante el 3 noviembre los cinco parlamentarios integrantes de la Comisión respectiva (Isabel Allende (PS), Alfonso de Urresti (PS), José Miguel Durana (UDI), Ximena Órdenes (IND) y Rafael Prohens (RN)) debatieron sobre la iniciativa artículo por artículo.
En la instancia, aprobaron por unanimidad el artículo 1, junto con distintas modificaciones. El texto queda así:
“Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto hacer frente a los desafíos que presenta el cambio climático, transitar hacia un desarrollo bajo en emisiones de gases de efecto invernadero y otros forzantes climáticos, hasta alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de los mismos al 2050; adaptarse al cambio climático, reduciendo la vulnerabilidad y aumentando la resiliencia a los efectos adversos del cambio climático y dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por el Estado de Chile en la materia”.
Se agregaron tres modificaciones al artículo original. El primero añade “otros forzantes químicos” al tránsito “hacia un desarrollo bajo en emisiones de gases de efecto invernadero”.
El segundo compromete alcanzar la neutralidad de emisiones de estos mismos para el 2050. En el texto original no se especificaba el año.
La última modificación agrega el “adaptarse al cambio climático” al “reducir la vulnerabilidad y aumentar la resiliencia a los efectos adversos del cambio climático” que aparecía en el primer artículo.
Votos unánimes
Los votos que siguieron fueron, al igual que con el artículo 1, todos unánimes.
La letra a) del artículo 2 fue aprobada con modificaciones. Los parlamentarios acogieron las indicaciones que van desde el número 10 a la 15. El texto quedó así:
“a) Científico: los instrumentos y las medidas de mitigación o adaptación para enfrentar los efectos adversos del cambio climático se adoptarán e implementarán sobre la base de la mejor información científica disponible.
La letra b) del artículo 2 también fue aprobado con modificaciones. Esta vez, rechazaron las indicaciones 16 y 17 y se acogieron las indicaciones 18, 19, 20, 21 y 22. El articulo resultó así:
“b) Costo-efectividad: la gestión del cambio climático priorizará aquellas medidas que, siendo eficaces para la mitigación y adaptación, sean las que representen menores costos económicos, ambientales y sociales considerando los costos indirectos de la inacción para la adaptación”.
Finalmente, la letra c) del mismo artículo fue aprobada con el acogimiento de las indicaciones 23, 26, 27 y 28, 80 y 81.
“c) Equidad: es deber del Estado procurar una justa asignación de cargas, costos y beneficios, resguardando la capacidad de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades con enfoque de género y especial énfasis en sectores, territorios comunidades y ecosistemas vulnerables al cambio climático”.
El cambio climático no espera
Al proyecto le resta un largo proceso de discusión. Está compuesto por 44 artículos y cinco transitorios, por lo que le quedan varias jornadas en la Comisión de Medio Ambiente del Senado. Una vez concluido su paso por la Cámara Alta, pasaría a la Cámara de Diputados, donde se repetirá el proceso.
Sin embargo, el cambio climático no espera, y sus consecuencias se prevén escabrosas. Altos niveles de sequía, aumento en los niveles del mar, lo que conllevaría a una masiva migración de las zonas costeras, entre otros tantos efectos, son los que deparan el desarrollo industrial sin miramientos al medio ambiente.